Asistimos a la conferencia “Derechos Humanos y Bioética en escenarios de crisis: una herramienta para fortalecer la democracia”, organizada por CIPDH-UNESCO. Un evento que, siendo retransmitido por videoconferencia el 1 de septiembre de 2022 desde la ciudad de Buenos Aires, contará con la participación de expertos internacionales de Colombia, Argentina, México, Panamá y España.
El Centro Internacional para la Promoción de los Derechos Humanos (CIPDH-UNESCO) se creó como un centro de categoría 2 en 2009, configurándose como el primer centro de UNESCO en el mundo que, dentro de esta categoría está dedicado a promover los derechos humanos. CIPDH reúne expertos internacionales o regionales y brinda una asistencia técnica y servicios a Estados Miembros, socios y a la propia UNESCO. Esta institución tiene el objetivo principal de trabajar en la promoción de la profundización del sistema democrático, la consolidación de los derechos humanos ⸺civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y de carácter emergente⸺ y la prevalencia de los valores de la vida, la libertad y la dignidad humana. Tras esta presentación, damos paso a algunas de las ideas que durante esta jornada tuvieron lugar, así como a una serie de reflexiones y análisis propios con los que pretendemos enlazar las primeras a través del texto que redactamos.
Como punto de partida de lo que a continuación exponemos, nos gustaría señalar que el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos (SIDH), es el mecanismo regional encargado de promover y proteger los derechos humanos en América. Los órganos destinados a velar por su observancia son: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. A este respecto, resulta igualmente de vital importancia tener en cuenta la Convención Americana, también llamada Pacto de San José de Costa Rica. Un tratado internacional que prevé derechos y libertades que tienen que ser respetados por los Estados Parte.
El Consenso de Montevideo sobre población y desarrollo, se configura como la primera reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe ⸺celebrada en Montevideo, del 12 al 15 de agosto de 2013⸺, para una integración plena de la población y su dinámica en el desarrollo sostenible con igualdad y enfoque de derechos. Vivimos en un mundo desigual y Latinoamérica es la región más desigual del mundo. Se sugiere enfatizar la urgencia de una Relatoría Especial para los Derechos Humanos, así como de asumir los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales como derechos humanos exigibles. Observar las desigualdades sociales. En lo concerniente al desempleo, hay que señalar que este afecta más a los jóvenes y a las mujeres.
Los derechos económicos, sociales y culturales (DESCA) no son derechos de segunda categoría. Tienen igual jerarquía que los derechos civiles y políticos. Una muestra de ello es el reconocimiento y la consideración hacia las comunidades originarias y sus derechos de protección intelectual. Desde la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), se declara que la protección de los conocimientos tradicionales y las expresiones culturales tradicionales de los pueblos indígenas en todo el mundo es uno de los mayores problemas que se plantean en el campo de la propiedad intelectual.
El patrimonio cultural e intelectual de los pueblos indígenas está formado por las prácticas, los conocimientos y los modos de vida tradicionales que caracterizan a un pueblo determinado. Los conservadores de la propiedad cultural e intelectual de los pueblos indígenas deben guiarse por las costumbres, leyes y prácticas de la comunidad y pueden ser individuos, un clan o la población en su conjunto. En el informe sobre el “Derecho a la libre determinación de los Pueblos Indígenas y Tribales” emitido por la CIDH en 2021, apreciamos que en la Declaración Americana sobre pueblos indígenas, en su artículo XXVIII, se reconoce que los pueblos indígenas tienen “derecho al pleno reconocimiento y respeto a la propiedad, dominio, posesión, control, desarrollo y protección de su patrimonio cultural material e inmaterial, y propiedad intelectual, incluyendo la naturaleza colectiva de los mismos, transmitido a través de los milenios, de generación en generación”. Del mismo modo, la Declaración ONU sobre pueblos indígenas, en su artículo 31, dispone que estos colectivos tienen derecho a “mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales y las manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas”.
La UNESCO define bioética como el estudio sistemático, pluralista e interdisciplinario para la resolución de los problemas éticos planteados por la medicina, las ciencias de la vida y las ciencias sociales cuando se aplican a los seres humanos, y a su relación con la biosfera, comprendidas las cuestiones relativas a la disponibilidad y accesibilidad de los adelantos científicos y tecnológicos y sus aplicaciones. La bioética se estructura de manera académica en los años setenta del siglo XX, entre disciplinas científicas y humanísticas. La bioética y el derecho coinciden y convergen en una relación que se torna imprescindible. Desde la bioética jurídica, se entiende que la bioética sin derecho es algo vacío. La bioética descarta miradas que son exclusivamente biológicas y también las que provienen del derecho cuando es utilizado desde el poder o como herramienta de este. Sucede algo similar cuando el derecho prescinde de la bioética. Si se insiste en seguir entendiendo el derecho desde dentro de sus categorías tradicionales, difícilmente será posible lograr los objetivos que se plantean.
El derecho a la ciencia o las ciencias forma parte de los derechos culturales interamericanos. Desde UNESCO se entiende que el progreso científico debe tener como principal objetivo mejorar las condiciones de vida de los individuos en el planeta, y por esa razón la ciencia, la tecnología, la innovación y el conocimiento deben ser herramientas que contribuyan a mitigar los efectos de la pobreza, la exclusión social, el hambre, la falta de acceso a la salud, y promuevan un desarrollo sostenible, respetuoso del medio ambiente, inclusivo, equitativo y justo. La bioética tiene en cuenta la consideración del individuo. Es decir, que no todo lo técnicamente posible es éticamente recomendable. Para ello, también es necesario que haya un reconocimiento del desarrollo en una manera progresiva. De este modo, La bioética significa una relación práctica con los derechos humanos.
Cuando hablamos de bioética, resulta también necesario referirse a la participación social. Se requiere de una bioética de protección. No podemos quedarnos solamente en la prevención. Hay que resolver el hecho de adoptar unas prácticas éticas concretas. Las políticas de salud pública deben ser fruto de un consenso público. Estas, por ejemplo, no pueden ir desligadas de políticas en educación y de una rendición de cuentas. Se debe subrayar que la principal o principales funciones de los comités de bioética, es educar. Democratizar la bioética tendrá que hacerse educando. Es importante que esta no sea una cuestión únicamente elitista. Bioética como ciudadanos, no solamente como académicos. La vulnerabilidad es algo que nos atraviesa a todos.
Tras lo anteriormente expuesto, la reflexión que se realice sobre la pandemia COVID-19 y la actual crisis que se vive a nivel global, ha de ser a través de una mirada interdisciplinaria. En la interrelación que actualmente se da entre dicha pandemia y el mundo digital, hay una necesidad de trabajar desde la óptica de la bioética y de los derechos humanos. La respuesta que en este sentido se dé, no puede basarse en una definición clásica de los derechos civiles y políticos. Se precisa de una perspectiva que aborde también el derecho al cuidado. Un enfoque de interdisciplinariedad e interdependencia.
Dentro del marco de la pandemia COVID-19, quisiéramos destacar tres resoluciones que son fundamentales a la hora de entender el posicionamiento de la CIDH en este contexto. La primera sería la Resolución CIDH 1/20 (Adoptada por la CIDH el 10 de abril de 2020) “Pandemia y Derechos Humanos en las Américas”. Con la segunda de estas resoluciones nos referimos a la Resolución CIDH 4/20 (Adoptada por la CIDH el 27 de julio de 2020) “Derechos Humanos de las Personas con COVID-19”. La tercera y última, es la Resolución CIDH 1/21 (Adoptada por la CIDH el 6 de abril de 2021) “Las vacunas contra el COVID-19 en el marco de las obligaciones interamericanas de derechos humanos”. Además de reconocer que esta pandemia ha originado una crisis sanitaria, económica y social sin precedentes, a nivel mundial y regional, también se incide en que las medidas impuestas desde los diferentes Estados, han afectado de manera especialmente adversa el disfrute de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA), con un impacto diferenciado y desproporcional en los grupos en situación de vulnerabilidad de las Américas, así como de las personas con COVID-19 y sus familiares.
Probablemente el término postpandemia no sea acertado. Parece conveniente empezar a pensar en cómo construir una realidad más igualitaria en la que el pensamiento único dé paso a la solidaridad. Una mirada feminista e interseccional. Ver si se está cumpliendo el derecho a la salud, incluyendo aquí la salud mental durante la pandemia. También el derecho al duelo que tienen los familiares por la pérdida de sus seres queridos.
Sin embargo, el derecho a la salud implica mucho más que aquello únicamente relacionado con la pandemia COVID-19 o con otras enfermedades. Tiene también que ver, por ejemplo, con el hecho de que, como apunta la Organización Mundial de la Salud, en el mundo se practican anualmente más de veinticinco millones de abortos inseguros o peligrosos. Los abortos no seguros causan alrededor de 39 000 muertes al año y hacen que millones de mujeres más sean hospitalizadas por complicaciones. La mayor parte de estas muertes se concentran en los países de ingreso bajo —más del 60% en África y el 30% en Asia— y entre quienes viven en las situaciones más vulnerables. Como revela Craig Lissner, director interino de Salud Sexual y Reproductiva e Investigaciones Conexas de la OMS, “Poder obtener un aborto seguro es una parte crucial de la atención de salud. Casi todas las muertes y lesiones resultantes del aborto no seguro son totalmente evitables.
Por eso recomendamos que las mujeres y las niñas puedan acceder a servicios de aborto y planificación familiar cuando los necesiten”. A pesar de que se puede prevenir, el aborto peligroso es una de las principales causas de morbimortalidad materna y puede provocar complicaciones físicas y psíquicas y perjuicios sociales y económicos a las mujeres, las comunidades y los sistemas de salud. La imposibilidad de acceder a una atención para el aborto segura, oportuna, asequible y respetuosa es un grave problema para la salud pública y una violación de los derechos humanos.
En base a este análisis, deseamos hacer asimismo referencia al derecho a la autonomía y a la integridad del cuerpo. Una vida libre de toda forma de violencia y coerción. Un marco de actuación en el que, por cierto, la bioética también puede conceptualizarse como una herramienta para sancionar la violencia obstétrica. Apuntar al grado máximo alcanzable de salud incluyendo la salud sexual y, con ello, el derecho de autodeterminación de las mujeres.
¿Por qué hablar de la interrupción voluntaria del embarazo?, y ¿por qué abordarlo desde la bioética? La interrupción del embarazo debe plantearse como una cuestión de salud pública. Se debe desnudar una hipocresía regulatoria en la que, tanto las mujeres como los propios fetos acaban pagándolo con su propia vida. En lo que tiene que ver con el derecho a la salud, se aprecian retrocesos. Es el caso de Estados Unidos, donde la Corte Suprema revoca o deja sin efecto el caso paradigmático Roe contra Wade y anula el derecho al aborto, eliminando el derecho constitucional a la interrupción del embarazo en todo el país después de casi 50 años. Dejando de existir sobre ese umbral federal, ahora cada estado puede regular lo propio. En la misma dirección, también podemos ver retrocesos importantes en otros países, como es el caso de Brasil y de Polonia. Los argumentos que se utilizan para defender estas políticas no son solamente argumentos jurídicos, sino también filosóficos, religiosos y de otro tipo. Aquí la bioética resulta una herramienta invaluable, analizadora y superadora, con una vocación transdisciplinaria que relaciona las ciencias jurídicas y sociales.
Se da una interrelación entre la diversidad sexual y la bioética. Observamos las diferentes categorías: sexo, género, identidad, orientación y expresión. Dentro de la bioética, también: moral, ética, metaética (especialistas, como por ejemplo filósofos), éticas aplicadas. Es esencial tomar en consideración y examinar aquellas declaraciones que tienen que ver con derechos sexuales reproductivos y no reproductivos. ¿Se cumple el derecho a la igualdad y a la no discriminación? Lo mismo con el derecho a la vida, la libertad y la seguridad de la persona.
En base a las investigaciones realizadas por la CIDH, en América Latina, la esperanza de vida de las personas trans es de 35 años o menos, lo cual refleja que muchas mueren asesinadas. Los datos de Naciones Unidas muestran que la esperanza de vida en general para la región es de 75,1 años —72,1 años en 2021 debido a la pandemia, según la CEPAL—. De acuerdo con la información proporcionada por Amnistía Internacional, solo en el 2021, al menos 287 personas trans y de género diverso fueron asesinadas en el continente americano, siendo Brasil quién registró el mayor número de muertes en un solo país. La CIDH también apunta a que se observa de manera reiterada el que, dentro del universo de las personas LGBTI, las personas trans y de género diverso son aquellas que se encuentran expuestas a mayores niveles de vulnerabilidad y son quienes suelen padecer mayores niveles de exclusión, estigma y prejuicio social. Llama asimismo la atención el hecho de que donde más se esconda la identidad sexual, sea en el ámbito familiar.
El siglo XXI debe ser el siglo de la solidaridad, la fraternidad y la igualdad. El filósofo y sociólogo alemán Jürgen Habermas, enfatiza lo importante de sustituir la benevolencia por la solidaridad. Sensibilidad por el dolor y por la humillación ajena. Dignidad y solidaridad. Cada persona tiene un valor y un fin en sí misma, nunca un medio. Si la ética es el otro, la solidaridad son los otros. El reconocimiento en el otro y el vivir en comunidad por y para el otro. No es la misericordia para el otro. Percibir la injusticia, evitar el peligro y asumir responsabilidades. Este es el comienzo. Solidaridad y universalidad. Cualquiera sea la cultura, todas tienden a la solidaridad como un medio común. Un sentido de proporcionalidad en el que, cuánto más adversa sea la situación, más fuerte será la solidaridad. Compasión y reconocimiento. Como señala el filósofo y escritor lituano de origen judío Emmanuel Lévinas, “yo no soy el otro, pero necesito al otro para ser yo”. ¿La solidaridad es un rasgo adquirido o aprendido? Parece que este está influenciado, entre otras cosas, por lo personal, lo cultural y lo político. La solidaridad comunitaria es sinónimo de inmunidad. El término andino “Sumak Kawsay” refleja y representa el estado de plenitud de toda la comunidad. No solamente con las personas, sino también con el ambiente y la naturaleza. Economía solidaria y redistribución igualitaria. El “Buen Vivir” emerge como un concepto de comunidad donde nadie puede ganar si el otro no gana. La exclusión enferma, la solidaridad sana. ¿Cómo pasar de la diversidad a la verdadera alteridad?
Aaron Gabanes autor de este artículo, es voluntario con APY y el proyecto SHARE, de EU Aid Volunteers en la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH)
SHARE, liderado por ASPEm, cuenta como socios entre otros, con la Fundación para la Cooperación APY Solidaridad en Acción , la Asociación Pro Derechos Humanos – APRODEH , ADICE – Association pour le Développement des Initiatives Citoyennes et Européennes , Centro de Promocion de la Mujer Gregora Apaza , Dejavato Foundation , Fundación Munasim Kullakita (Quierete Hermanita) , Ghana Developing Communities Association LGB , Human Supporters Association H.S.A , Jeevan Rekha Parishad , Association Thissaghnasse pour la Culture et le Développement